Las Unidades de Intervención Policial son ORGÁNOS MÓVILES DE SEGURIDAD PÚBLICA con la misión de actuar en todo el territorio nacional, principalmente en los supuestos de prevención y de peligro inminente o de grave alteración de la seguridad ciudadana.
A finales de los años 80 surge la necesidad de dar una renovación a las antiguas CRG (Compañías de Reserva General)
las cuales se estaban quedando obsoletas tanto en estructura como en funciones.
Con la publicación del Real Decreto 1668/89 de 29 de Diciembre se inicia la creación de las Unidades de Intervención Policial (UIP) ya que en él se establecen las especialidades de su régimen y los principios básicos de actuación de las mismas.
Las funciones de las UIP.s vienen reflejadas en el Real Decreto 1668/89 de fecha 29 de Diciembre, y son:
- Colaboración en la protección de los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras.
- Prevención, mantenimiento y restablecimiento del Orden y, en su caso, de la Seguridad Ciudadana.
- Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito publico, manifestaciones y
- espectáculos públicos.
- Actuación en situaciones de alerta policial por delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento
- de controles y otros dispositivos policiales.
- Protección de lugares e instalaciones de los supuestos en que así de determine
- Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad.
"Casi siempre mal vistos y juzgados mediáticamente y por la ciudadanía, son como poco, imprescindibles para el mantenimiento y en su caso restablecimiento de la seguridad ciudadana."
1 comentario :
Los antidisturbios molan.
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